Disputa jurídica entre la Comunidad Israelita, representada por Mike Schmulson y los Hermanos de la Caridad, de la Masonería, cuya solución lejos dejar heridas, fue una muestra de fraternidad, respeto y tolerancia
Portada del libero del fallecido profesor Leonello Marthe Zapata, vicerrector de la Universidad Simón Bolívar donde se narra la historia del Cementerio Universal
En el año de 1969, se presentó una disparidad de criterios entre la Sociedad Hermanos de la Comunidad y la Comunidad Israelita, que “solicitó -según nos cuenta en su libro el Dr. Leonello Marthe- la compra de una faja de tierra situada a la izquierda de su propio camposanto, para hacer una ampliación necesaria”. Los Hermanos, hicieron a su vez una contrapropuesta, que no fue aceptada por los Hebreos.
Este ofrecimiento consistía en ceder a los Israelitas una franja de terreno que sería de su uso exclusivo de ellos, pero que dicha franja seguiría siendo propiedad de la Sociedad. Por el servicio, la Comunidad Hebrea pagaría un arriendo por el uso de “cada una de las fosas utilizadas”.
-Esto no fue aceptado por la comunidad Israelita -dice en su libro el doctor Marthe- y fue por acción del concejal Mike Schmulson, miembro distinguido de esa comunidad, quien presentó un proyecto de Acuerdo Municipal -aprobado más tarde- el número 007 de abril 23 de 1975, “por el cual se desafecta del servicio público un inmueble municipal y se dictan otras disposiciones”.
-A pesar de la oposición de nuestra Sociedad, en defensa de su legítimo patrimonio, según consta en la Escritura Pública No.113, por medio de Acuerdo Municipal del año 1867 y del uso continuo de la tierra por más de 102 años, fue obligada la Sociedad a hacer entrega de esa parte del terreno”- señala la publicación.
No es necesario aquí transcribir en su totalidad ese Acuerdo Municipal 077 de 1975 que entregaba el lote a la Sociedad Hebrea Sefardita; sólo su parágrafo del Artículo 1o., que indica que: -Esta faja de terreno será destinada únicamente para la ampliación del Cementerio hebreo Sefardita. La franja de terreno que menciona el presente artículo queda desafectada del servicio público. El Señor Alcalde en representación del municipio de Barranquilla y de conformidad con las normas que regulan esta materia, fijará el precio que la lonja de propiedad raíz determine, previo avalúo de dicha faja a que se refiere el presente artículo.
Tal el texto de la definición legal del diferendo, pero lo ejemplar, lo que en realidad cuenta para el momento presente que vive el país, es la muestra de respeto, de fraternidad y de tolerancia dada por los litigantes, expresada en estos términos por los Hermanos de la Caridad:
-Esta acción legal que siempre consideramos injusta, no ha sido motivo para que nuestras relaciones, con nuestros vecinos Israelitas no hayan sido siempre de cordialidad y dentro de la mayor fraternidad- dice el doctor Marthe en el libro.
Hoy, con una Colombia polarizada por la Política, repleta de odio y de violencia, en la que es casi un pecado mortal hablar. era bueno presentar este modelo, este paradigma de respeto y tolerancia, que bien habría querido para sí mismo Erasmo de Rotterdam, -Es mejor la paz más desventajosa que la guerra más justa- habría dicho el filósofo y teólogo holandés del siglo XVI
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